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VA ACCIÓN NACIONAL CONTRA OMISIÓN DE APORTACIONES AL ISSEMYM

Será considerada como falta administrativa grave la omisión de enterar cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos a dicho Instituto

Toluca, Estado de México

A nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, la diputada Miriam Escalona Piña, presentó una Iniciativa para reformar la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios, para combatir la omisión de aportaciones al Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios.

De acuerdo con la legisladora del albiazul, la propuesta busca adicionar  la fracción XIV al Artículo 52; la sección décimo cuarta denominada “De la omisión de enterar cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios” al Capítulo Segundo del Título Tercero con su respectivo artículo 67 Bis. a la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

A nombre propio y del Coordinador Parlamentario, detalló que las reformas propuestas resultan necesarias a fin de que el catálogo de faltas administrativas graves se encuentre completo y con elementos suficientes para que este tipo de conductas no queden impunes, ya que dichas omisiones no solo afectan en las finanzas del instituto, sino también implica un severo perjuicio para las personas trabajadoras porque se traduce en restricciones para el acceso a un servicio de salud de calidad.

En lo correspondiente a laadición de  la fracción XIV, se propone que la “Omisión de enterar cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante el Instituto de Seguridad Social del Estado de México y Municipios”, sea considerada como una falta administrativa grave de los servidores públicos, mediante acto u omisión, tal y como lo estable el artículo 52 de la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios.

En tanto que la Sección Décima Cuarta De La Omisión De Enterar Cuotas, Aportaciones, Cuotas Sociales O Descuentos Ante El Instituto De Seguridad Social Del Estado De México Y Municipios, en su Artículo 67 Bis.,propone: Es falta administrativa grave, la omisión de enterar las cuotas, aportaciones, cuotas sociales o descuentos ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y Municipios.

Los titulares de las Dependencias y Entidades, sus oficiales mayores o equivalentes, y los servidores públicos encargados de realizar las retenciones y descuentos serán responsables en los términos de Ley, de los actos y omisiones que resulten en perjuicio de la dependencia o Entidad para la que laboren, del Instituto, de los Trabajadores o Pensionados, independientemente de la responsabilidad civil, penal o administrativa en que incurran.”

Escalona Piña detalló que de acuerdo con la Ley de Seguridad Social para los Servidores Públicos del Estado de México y Municipios, se tienen contempladas como prestaciones de carácter obligatorio: servicios de salud, que hacen referencia a la promoción a la salud y Medicina Preventiva, atención de Enfermedades no Profesionales y Maternidad, rehabilitación, y atención de Riesgos de Trabajo.

Así como Pensiones y Seguros por Fallecimiento, que considera un sistema Solidario de Reparto, sistema de Capitalización Individual y Seguro por Fallecimiento. Además de Créditos a Corto, Mediano y Largo Plazo.

Para lograr dichas prestaciones obligatorias que tiene el Instituto, recordó la legisladora panista, las cuotas de las y los servidores públicos y las aportaciones que cubren las instituciones públicas, son los principales ingresos. En tanto que se tiene estimado que diversos organismos tienen adeudos con dicho Instituto por más de 5 mil millones de pesos.

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