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PROPONE DIPUTADA INGRID SCHEMELENSKY TIPIFICAR ACOSO SEXUAL CIBERNÉTICO COMO DELITO EN EDOMÉX

Toluca, Estado de México

Ingrid Krasopani Schemelensky Castro, diputada local del PAN presentó una iniciativa de adición al Código Penal del Estado de México a fin de tipificar como delito, el acoso sexual generado a través del uso de dispositivos electrónicos, redes sociales y las tecnologías de la información y la comunicación.   

Ante el Pleno de la LX Legislatura Local, la legisladora panista expresó que “si la tecnología nos ha permitido tener mayor accesibilidad y comunicación, también, se han desarrollado nuevas conductas delictivas que ponen en riesgo a toda la población, en especial a los menores de edad, quienes corren mayores riesgos al utilizar los medios electrónicos y redes sociales, pues con facilidad, son contactados por aquellos, que ocultan sus verdaderas intenciones detrás de un dispositivo electrónico”.

Ingrid Schemelensky explicó que “tal es el caso del acoso sexual cibernético, el cual implica que un adulto, se ponga en contacto a través de un medio tecnológico con un niño, niña o adolescente con el fin, de ganarse poco a poco su confianza, para luego envolverlo en una actividad sexual o ejercer algún tipo de violencia”.

La también, vicecoordinadora del Grupo Parlamentario del PAN, detalló que “a esta práctica se le denomina, grooming, término que describe la conducta realizada por un adulto que a través de cualquier dispositivo digital, red social, teléfono o cualquier otra tecnología de la información y la comunicación, contacta a un menor de edad y al ganarse su confianza, haciendo uso del engaño, empatía, mentiras o propuestas falsas, le pide imágenes, audios, videos o mensajes con contenido sexual o erótico, en donde además, se aprovecha de la situación de confianza para solicitar un encuentro sexual con la víctima. Estas acciones generalmente culminan en la comisión de otros delitos: como la trata infantil, la pornografía y el abuso infantil”.

Ante este escenario, Schemelensky Castro indicó que la iniciativa que presenta tiene el propósito de tipificar como delito, el acoso sexual cibernético a menores de edad contemplando una pena que va de 4 a 8 años de prisión y una multa de 400 a 1,000 días, a quien realice de forma conjunta los siguientes elementos: coacción, intimidación, engaño o propuestas falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación.

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