sábado, julio 6Factor de Cambio. La información CORRECTA, en el momento PRECISO

CAMBIAN TEMPORALMENTE RECINTO PARA CELEBRAR CABILDO

Cuautitlán Izcalli, Estado de México

Durante la sexagésima primera sesión pública de Cabildo con carácter de ordinaria se aprobó celebrar las próximas sesiones fuera de la cabecera municipal, convirtiendo como recinto oficial el Salón “Los Candiles”, ubicado en la colonia Cumbria, dando cumplimiento a las medidas de prevención con motivo de la pandemia de coronavirus COVID-19, emitidas por la Secretaría de Salud del Gobierno Federal.

Por esas mismas razones, los ediles aprobaron la suspensión de las comparecencias de los titulares de las dependencias, sus direcciones, organismos desconcentrados y de las entidades de la administración pública municipal.

En otro orden de ideas, el Cabildo aprobó la campaña para otorgar estímulos fiscales a favor de los contribuyentes que califiquen para ser incluidos en el programa de regularización de Predios Urbanos, en coordinación y colaboración con el Instituto Mexiquense de la Vivienda Social (IMEVIS).

Con la campaña se pretende regularizar a los contribuyentes con la bonificación de hasta el 100 por ciento en multas y recargos por el pago del impuesto predial; bonificación del 70 por ciento en el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio y sus multas y recargos, así como la bonificación del 10 por ciento en el pago de los derechos causados con motivo de la subdivisión, lotificación y certificación de vías.

En el mismo sentido, se dio la venia para otorgar estímulos fiscales a favor de los contribuyentes en el programa de regularización de Predios Urbanos, junto con el Instituto Nacional del Suelo Sustentable (INSUS).

Dicho programa da atención a la demanda de la ciudadanía izcallense que pide certeza jurídica y consiste en bonificar el 100 por ciento en el pago del impuesto predial y sus multas y recargos para los ejercicios fiscales del 2015 al 2019, bonificación del 70 por ciento en el pago del impuesto sobre adquisición de inmuebles y otras operaciones traslativas de dominio y sus multas y recargos y la bonificación del 100 por ciento en el pago de los derechos causados con motivo de la subdivisión, lotificación y certificación de vías.

Compartir

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *